Tipos de mercancía en el transporte internacional: clasificación
A la hora de preparar partidas en el transporte internacional, es importante tener en cuenta el espacio que ocupan en la clasificación de los distintos tipos de mercancía que existen, ya que cada una requerirá unas necesidades específicas de preparación y transporte. En este artículo destacamos los principales criterios que se utilizan para clasificar mercancías a nivel europeo.
1. Clasificación según su ordenación: el Sistema Armonizado
Fruto de la globalización de los mercados, en los años 80 la Organización Mundial de Aduanas (OMA por sus siglas en inglés) puso en marcha el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, más comúnmente conocido como “Sistema Armonizado” o “SA”.
Se trata de una clasificación de mercancías que parte de la base de que sean materias primas, productos brutos, semiproductos y productos elaborados. El documento consta de 21 secciones y 97 capítulos que detallan cada tipo de mercancía.
El objetivo del Sistema Armonizado es simplificar el intercambio de bienes y de información en el transporte internacional. Es utilizado en los aranceles aduaneros y también ayuda a procesar estadísticas de comercio. El uso del SA es vinculante para las partes contratantes.
La última actualización del Sistema Armonizado se realizó a inicios de 2017 y, además de incluir la lista completa de mercancías y con partidas y subpartidas, agrega una guía para la interpretación de los códigos y abreviaciones designados por esta normativa internacional.
2. Clasificación según la naturaleza de las mercancías
En este caso, existen los siguientes tipos de mercancías según su naturaleza:
- Naturaleza perecedera: se trata de un tipo de mercancía que cuenta con una vida útil de 1 a 7 días. Aquí encontramos por ejemplo la fruta, los lácteos o las flores frescas. Está encuadrada dentro del transporte de mercancía a temperatura controlada.
- Animales vivos: se les aplica una compleja legislación. En España es de aplicación la Ley 8/2003, de Sanidad Animal, además de la normativa europea vigente.
- Naturaleza no perecedera: en este caso, tiene una vida útil de más tiempo, como por ejemplo los alimentos envasados que no necesitan refrigeración.
- Naturaleza frágil: son productos que deben transportarse y manipularse con especial cuidado, ya que son fácilmente rompibles. Ejemplos de ellos son los huevos, la cerámica y los objetos de cristal.
- Naturaleza peligrosa: estos productos presentan riesgos inherentes a su composición y están regulados por una normativa especial de la que hablaremos en la siguiente sección. Suelen ser derivados del petróleo, gases, productos químicos o inflamables.
- Naturaleza dimensional: en este caso, se trata de productos de gran tamaño que exigen una manipulación y transporte especial por ello, además de permisos específicos.
3. Clasificación por la peligrosidad de las mercancías
En el transporte internacional es muy importante tener en cuenta si la mercancía es peligrosa. Si se da este caso, esta cuenta con una normativa específica que afecta a todas las dimensiones del transporte: envase, embalaje, señalización, vehículos especiales, instrucciones de manipulación específica, EPI para el personal que realice las operaciones.
Además, las mercancías peligrosas no pueden transportarse de cualquier forma. Para regular esto, los requisitos difieren en función del medio de transporte:
- El acuerdo ADR en transporte por carretera: Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera.
- El reglamento RID en transporte por ferrocarril: una normativa a nivel europeo que se actualiza cada dos años, siendo el reglamento RID de 2017 la versión ahora vigente. En España, el RID se aplica tanto al transporte de mercancías por tren nacional como internacional.
- El convenio IMDG en transporte marítimo: se trata del Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas, una normativa publicada por Organización Marítima Internacional (OMI). La nueva edición del código marítimo de mercancías peligrosas es la de 2016, que ha entrado en vigor el 1 de enero de 2018.
- El anexo 18 del Convenio de Chicago para el transporte aéreo determina las restricciones relativas al transporte de mercancías peligrosas por avión, así como las excepciones que se contemplan.